Lo primero que debes saber acerca de cómo montar un estanco es que hace falta autorización administrativa, es decir, una licencia especial. Pero esta licencia no es algo que debas solicitar sin más, sino que tienes comprarla, bien en subasta pública, bien a otro licenciatario (es decir, comprar la licencia a una persona que la tenga adjudicada anteriormente). Las licencias tienen una duración de 25 años.
Si quieres saber cómo montar un estanco, el organismo que gestiona estas licencias es el Comisionado para el Mercado de Tabacos, adscrito al Ministerio de Economía y Hacienda.
Adquirir la licencia en subasta pública
Cada cierto tiempo el Estado saca a subasta pública cierto número de licencias para abrir expendedurías de tabaco y timbre (estancos). A la subasta puede acudir cualquier persona física que resida en una localidad que permita gestionar por cuenta propia la expendeduría y que se comprometa a gestionar por sí mismo el estanco (aunque puede contratar auxiliares o dependientes). Además, para adquirir una licencia para abrir un estanco no se puede ser titular de otro estanco ni tener vinculación profesional o laboral con importadores o fabricantes de tabaco y no haber dado lugar a la revocación de una concesión anterior.
Por otra parte, la persona que adquiera la licencia debe estar al tanto de sus obligaciones con Hacienda y con la Seguridad Social, no tener antecedentes penales y no haber sido sancionado por contrabando ni inhabilitado para ser empresario.
Los principales criterios para valorar las ofertas a la hora de ir a la subasta pública están relacionados con la localización del negocio. Incluyen que esté lejos de centros de enseñanza, que haya cierta distancia respecto a otras expendedurías (150 metros, aunque podrá ser inferior si las circunstancias de rentabilidad de la zona y las exigencias de servicio lo aconsejan), el interés comercial del local propuesto y las características del local (superficie, fachada, etc.).
Comprar una licencia adjudicada previamente
Si se opta por comprar una licencia ya adjudicada, se deben realizar dos operaciones:
- La compraventa de la licencia propiamente dicha. En esta operación no interviene el Comisionado
- La tramitación de la licencia inter-vivos. Esta operación sí la realiza el Comisionado, que tiene la última palabra. De hecho, puede denegar la licencia por varios motivos, como que la licencia esté embargada o que el estanquero tenga sanciones pendientes, entre otros.
Canon anual y márgenes comerciales
Para mantener abierto un estanco con la licencia en regla hay que pagar un canon anual en función de la población y del volumen de negocio. Dicho canon oscila entre los 252,43 euros para las expendedurías con ingresos brutos desde 12.020,24 euros hasta 21.035,42 euros y los 9.015,18 euros para los que superan los 450.759,08 euros de facturación.
Los márgenes comerciales que se percibirán se calculan aplicando un porcentaje al precio de venta al público:
- 9% en cigarrillos
- 8,5% de la venta de todas las labores del tabaco exceptuando los cigarrillos
- 4% de la venta de efectos timbrados y signos de franqueo
Los márgenes comerciales del resto de productos que se venden en estancos son libres, y dependen del acuerdo establecido con el distribuidor y la oferta que decida hacer el estanco.
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